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Programas

La prestación de Alojamiento Alternativo supone garantizar, desde la Red Básica de los Servicios Sociales de Atención Primaria, los recursos de apoyo para atender los problemas de alojamiento temporal o permanente, que pueda presentar cualquier persona, debido a circunstancias de conflicto en su entorno de convivencia, situaciones de marginación y emergencia u otras problemáticas específicas, propias del ámbito de competencia de los Servicios Sociales.

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PROGRAMA DE  ALOJAMIENTO ALTERNATIVO

Dicha prestación se define como el conjunto de actuaciones encaminadas a conseguir que el individuo en situación de necesidad cuente con un marco estable para el desarrollo de la convivencia.

 

Se considera un instrumento para desarrollar intervenciones de normalización e integración social en el marco comunitario y en ningún caso puede sustituir a las actuaciones propias de la política social de vivienda, si bien la coordinación con dicho sistema es imprescindible para dar respuestas más globales y reales a las posibles situaciones relacionadas con la necesidad de alojamiento alternativo.

 

  • AYUDAS AL ALQUILER pretende fomentar la normalización e integración socio familiar, en situaciones relacionadas con la necesidad de alojamiento por carencia de éste o grave deterioro de las circunstancias que rodean el problema.
     

Este programa que se basa en facilitar ayudas económicas periódicas que subvencionen parte del importe mensual de una vivienda en régimen de alquiler en el ámbito territorial de la Ciudad de Ceuta.

 

Las condiciones de acceso a la prestación, así como los requisitos necesarios y las obligaciones de los beneficiarios se recogen en el reglamento publicado

 

  • ALOJAMIENTOS DE URGENCIA, prestación que se lleva a cabo tras la demanda y valoración de una situación que requiere una intervención inmediata, con la finalidad de paliar de manera urgente y temporal, la ausencia de alojamiento en que cualquier persona se puede encontrar debido a una situación de conflicto en su entorno familiar y/o social. Incluye estancias de alojamientos de urgencia en recursos públicos y privados.
     

Para ello la Consejería presenta una serie de servicios que tienen por objeto atender las necesidades de alojamiento de los colectivos desfavorecidos y en orden a garantizar unas condiciones de vida digna.

  • CENTROS DE ACOGIDA, se define como establecimientos residenciales no permanentes destinados a acoger temporalmente y con una atención integral, a personas en situación de graves conflictos convivenciales o carentes de un medio familiar adecuado, procurando el necesario tratamiento para la normalización de la convivencia.
     

Con referencia a la puesta en marcha de este objetivo, la Consejería tiene concertadas plazas con una entidad cuya finalidad es el acogimiento temporal de mujeres e hijos en grave dificultad social.  

REGLAMENTO AYUDAS AL ALQUILER (BOCCE 6291 de 31 de marzo de 2023):

https://www.ceuta.es/ceuta/component/jdownloads/finish/1903-marzo/21839-bocce-6291-31-03-2023?Itemid=534


SOLICITUDES DE AYUDAS:
Alquiler Vivienda habitual Servicios Sociales

https://sede.ceuta.es/controlador/controladorcmd=tramite&modulo=tramites&tramite=AVH


 

 

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